lunes, 9 de agosto de 2010

La Carta de las Naciones Unidas


Por Claude Lara (In Revista AFESE, N. 14, 1998, pp. 137-146)

LA CHARTE DES NATIONS UNIES

Commentaire article par article sous la direction de Jean Pierre COT et Alain PELLET

Secrétaire de la Rédaction: Paul TAVERNIER

Préface de Javier PEREZ DE CUELLAR

ECONOMICA BRUYLANT

NOTA BIBLIOGRÁFICA

La Carta de las Naciones Unidas -Comentario artículo por artículo-. Bajo la dirección de Jean Pierre Cot, Profesor de la Universidad de París I ex-Ministro, y Alain Pellet, Profesor de la Universidad de París Norte y del Instituto de Estudios Políticos de París. Prefacio del Secretario General de la ONU; Javier Pérez de Cuéllar. Con la participación de 82 juristas, dentro de los cuales colaboraron ex-Presidentes de la Corte Internacional de Justicia, así como su Vicepresidente y 2 jueces, 11 funcionarios internacionales, 4 diplomáticos expertos de la ONU, 3 miembros del Consejo de Estado francés, numerosos universitarios y varios ex-Ministros, provenientes de 17 países francófonos que se identifican con la tradición jurídica latina. Esos eminentes juristas han unido sus esfuerzos para hacer un balance de los conocimientos actuales sobre las Naciones Unidas, al analizar la Carta de San Francisco artículo por artículo. Editoriales: Económica y Bruylant, 1985, 1553 páginas.

Gracias a la iniciativa y el trabajo de dos notables juristas, Profesores Jean Pierre Cot y Alain Pellet, las casas editoriales "Económica y Bruylant" publicaron una obra excepcional: un libro de 1553 páginas dedicadas a un comentario actualizado de los 111 artículos de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.
En el prefacio, el actual Secretario General de las Naciones Unidas, Javier Pérez de Cuéllar, manifiesta su entusiasmo por la elaboración de este estudio: "Tengo varias razones de regocijarme por la publicación de esta obra. Ante todo llena un vacío, puesto que constituye el primer comentario sistemático proveniente de la escuela de Pensamiento francés. Teníamos hasta ahora análisis en idioma inglés de Goodrich y Hambro, así como de Kelsen. Ahora podremos referirnos a una obra en francés que dará grandes servicios, no sólo a los nativos de las naciones francófonas, sino también a los juristas que, en otras regiones del mundo, desearían familiarizarse con un modo de pensar y una forma de expresión distintos a los que caracterizan la cultura anglosajona. Me congratulo que los juristas franceses, que tanto han hecho por el desarrollo del derecho internacional desde 1945, contribuyan así a una mejor comprensión de los propósitos y principios de la Organización de las Naciones Unidas". Por otra parte, el referido Secretario General añade: "El gran mérito del comentario que se nos ofrece ahora, es de reflejar la práctica actual de la Organización de las Naciones Unidas en materia de interpretación de la Carta, así como el de resaltar las tendencias que marcan su evolución. Esta obra toma en cuenta la experiencia adquirida y veo en ello una segunda razón para regocijarme por su publicación… " Y finalmente, concluye: "Todos los que se preocupan por la calidad de la sociedad en la que vivimos y en la que vivirán futuras generaciones deberían aprovecharlo para reflexionar sobre lo que representa la Carta en teoría y en la práctica, y sobre los medios de concretar la plena realización de sus propósitos y principios. No hay duda alguna que el presente comentario del articulado y de la apreciación adoptada por la práctica, así como de su aplicación, sea para ellos un precioso instrumento de análisis y evaluación. Ojalá, para los lectores esta excelente obra permita una mejor interpretación de la Carta, así como de la importancia de la Organización de las Naciones Unidas".

Los comentarios de todos los artículos de esta Carta magna, no sólo son analíticos, sino que son una reactualización de la ley fundamental de la Comunidad Internacional, a la luz de la práctica de las Naciones Unidas. En el prólogo, los citados autores explican las razones, el método y los fines que motivaron la elaboración de este libro. Primero recuerdan que: "El 26 de junio de 1945, los cincuenta Estados representados en la Conferencia de San Francisco, firmaron la Carta de las Naciones Unidas. Con algunas rectificaciones menores, este texto de 111 artículos sigue siendo, desde aquel entonces, la "magna carta” de la Comunidad Internacional. Al renovar, con sus riesgos, la apuesta de 1919, los vencedores de 1945 escogieron la vía del derecho. Se esforzaron en sacar lecciones de la experiencia de la Sociedad de las Naciones y optaron por una construcción institucional más realista que planteó las bases de la cooperación internacional al multiplicar intercambios y reuniones, al reforzar la solidaridad, a pesar de las diferencias ideológicas y de los distintos niveles de desarrollo".

Después de cuatro décadas, los prologuistas presentan un sintético balance: "Cuarenta años más tarde el balance de la Organización es rico en contrastes. Globalmente la paz ha sido preservada y la tercera guerra mundial no ha estallado, pero los conflictos locales y regionales, mortíferos y destructores, no han dejado de devastar el planeta (1). Todas o casi todas las poblaciones del mundo han obtenido la independencia, pero el estigma del “apartheid” subsiste en África Austral, mientras que el subdesarrollo rememora día tras día, cuán lejos estamos de los objetivos del progreso económico y social establecido por la Carta. El respeto de los derechos humanos, centro de la lucha contra el racismo y el fascismo, ha sido reafirmado en numerosos instrumentos adoptados por las Naciones Unidas, sin embargo las violaciones cotidianas, flagrantes y masivas, no han cesado desde entonces. En fin la Organización sobrevive, pero ¿cómo y a qué precio? Los resultados están por debajo de las esperanzas. No obstante, las Naciones Unidas, siguen siendo la conciencia vigilante de la Comunidad Internacional y el marco insustituible del diálogo de los pueblos del mundo. Después de todo, frente a las exigencias cambiantes de las relaciones internacionales, la flexibilidad del texto y la solidez de la institución han permitido una adaptación notable. Frente a las transformaciones que han marcado los cuarenta últimos años: guerra fría, descolonización, desafío del desarrollo desigual, amenaza nuclear… las Naciones Unidas han respondido modificando su estructura, sus funciones y la naturaleza de sus debates. Esta extraordinaria facultad de adaptación, milagro permanente, constituye la existencia misma de la Organización y, la influencia que sigue ejerciendo nos pareció justificar un estudio integral de la Carta a la luz de la práctica...”

En fin los mencionados profesores explican cómo han solucionado el problema de comentar el articulado de la Carta a la luz de la evolución de las Naciones Unidas: "La presente obra trata de presentar una lectura dinámica y actualizada. Su volumen relativamente reducido, si se toma en cuenta lo amplio del tema, no permitió decirlo todo, razón por la cual los autores tuvieron que, con toda seguridad, dominar la ciencia interpretativa de las tendencias actuales en la sociedad internacional a fin de optar entre lo esencial y lo accesorio y, sacar de una práctica confusa y proteiforma un estudio aplicado del sentido momentáneo de una evolución inconclusa. Redactadas por autores provenientes de horizontes profesionales o ideológicos muy distintos, las colaboraciones llevan el sello de la personalidad de cada uno de ellos. Como nos pareció deseable evitar la simple descripción, la obra tiene menos pretensiones de homogeneidad doctrinal, y el análisis se enriquece con la diversidad de puntos de vista, el análisis del universitario se completa con lo práctico, del diplomático con el del juez, del “tradicionalista" con el del "progresista"… Sin embargo, nos parecen que tres elementos prueban cierta unidad. En primer lugar nos hemos esforzado en controlar la homogeneidad y calidad científicas, particularmente gracias a una unificación, la más avanzada posible, de los modos de referencia y de citación. Luego, al elegir la perspectiva exclusivamente jurídica que constituye la base común del conjunto, se impidió la dispersión sin asfixiar los debates de las ideas. En fin, voluntariamente, hemos acudido a juristas francófonos -ninguna colaboración ha sido traducida - todos son de cultura "latina", aunque provienen de 17 países diferentes. Nos pareció que la tradición jurídica francesa podía contribuir últimamente a un mejor conocimiento de la vida de las Naciones Unidas…”.

Sólo hemos puesto de relieve algunas características de esta obra para dar a conocer las razones de su elaboración, mas para no traicionar a sus 82 autores y dar al lector una información la más completa posible sobra al carácter excepcional de este libro, es necesario traducir el índice que refleja fielmente las cualidades científicas y metodológicas de este comentario dinámico y actualizado de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

PREFACIO: (Javier Pérez de Cuéllar)
PRÓLOGO: (Jean-Pierre Cot y Alain Pellet)

LISTA DE LOS AUTORES:

PREÁMBULO: Jean-Pierre COT y Alain PELLET

CAPÍTULO I: PROPÓSITOS Y PRINCIPIOS
Artículo 1°: Comentario general (Mohammed BEDJAOUI)
Artículo 1°, & 1: (Manfred LACHS)
Artículo 1°, & 2: (Antonio CASSESE)
Bibliografía del Artículo 1°, & 2.
Artículo 1°, & 3: (Paul-Marc HENRY)
Artículo 1°, & 4: (René-Jean DUPUY)
Artículo 2: Comentario general (René-Jean DUPUY)
Artículo 2°, &1: (Kéba MBAYE)
Artículo 2°, & 2: (Elizabeth ZOLLER)
Artículo 2°, & 3: (Jean CHARPENTIER)
Artículo 2°, & 4: (Michel VIRALLY)
Bibliografía del Artículo 2°, & 4.
Artículo 2°, & 5 y 6: (Ahmed MAHIOU)
Bibliografía del Artículo 2°, & 5 y 6.
Artículo 2°, & 7: (Gilbert GUILLAUME)
Bibliografía del Artículo 2°, & 7
Bibliografía del Capítulo I.

CAPÍTULO II: MIEMBROS
Artículo 3°: (Jean-Paul JACQUE)
Artículo 4°: (Guy FEUER)
Artículo 5°:(Charles LEBEN)
Artículo 6°: (Charles LEBEN)
Bibliografía del Capítulo II.

CAPÍTULO III: ÓRGANOS
Artículo 7°: (Jacqueline DUTHEIL DE LA ROCHÈRE)
Artículo 8°: (Gabriel MPOZAGARA)
Bibliografía del Capítulo III.

CAPÍTULO IV: LA ASAMBLEA GENERAL
Composición
Artículo 9°: (André LEWIN)
Funciones y Poderes
Artículo 10°: (Mohammed BENNANl)
Artículo 11°: (Hubert THIERRY)
Bibliografía del Artículo 11, & 1.
Artículo 11°, & 2 y 3: (Hervé CASSAN)
Artículo 11°, & 4: (Alain PIPART)
Artículo 12°, & 1: (Philippe MANIN)
Artículo 12°, & 2: (Marie-Claude SMOUTS)
Artículo 13°, & 1. a: (Yves DAUDET)
Bibliografía del artículo 13, & 1.a.
Artículo 13°, & 1.b: (Maurice FLORY)
Artículo 13°, & 2: (Maurice FLORY)
Artículo 14°: (Philippe MANIN)
Artículo 15°, & 1: (Hervé CASSAN)
Artículo 15°, & 2: (Jacqueline DUTHEIL DE LA ROCHÈRE)
Artículo l6°: (François LUCHAIRE)
Artículo 17°, & 1 y 2: (Christian SCHRICKE)
Artículo 17°, & 3: (Witold ZYSS)
Bibliografía del Artículo 17
Votación
Artículo 18°: (André LEWIN)
Artículo 19°: (Christian SCHRICKE)
Bibliografía del artículo 19
Procedimiento
Artículo 20°: (André LEWIN)
Artículo 21°: (André LEWIN)
Artículo 22°: (Jacqueline DUTHEIL DE LA ROCHÈRE)
Bibliografía del Capítulo IV

CAPÍTULO V EL CONSEJO DE SEGURIDAD
Composición
Artículo 23°: (Madjid BENCHIKH)
Funciones y poderes
Artículo 24°, & 1 y 2: (René DEGNI-SEGUI)
Artículo 24°, & 3: (Hervé CASSAN)
Artículo 25°: (Erik SUY)
Artículo 26°: (Hector GROS-ESPIEL)
Votación
Artículo 27°: (Paul TAVERNIER)
Procedimiento
Artículo 28°: (Jacques LEPRETTE)
Artículo 29°: (Emmanuel DECAUX)
Artículo 30°: (Jacques LEPRETTE)
Artículo 31°: (Jacques LEPRETE)
Artículo 32°: (Jacques LEPRETTE)
Bibliografía del Capítulo V

CAPÍTULO VI ARREGLO PACÍFICO DE CONTROVERSIAS
Artículo 33°: (Jean Pierre QUENEUDEC)
Artículo 34°: (Tabrizi BEN SALAH)
Artículo 35°: (Riad DAOUDI)
Artículo 36°: (Brigitte STERN)
Artículo 37°: (Marie-Françoise LABOUZ)
Artículo 38°: (Marie-Françoise LABOUZ)
Bibliografía del Capítulo VI

CAPÍTULO VII ACCIÓN EN CASO DE AMENAZAS A LA PAZ QUEBRANTAMIENTO DE LA PAZ O ACTOS DE AGRESIÓN.
Artículo 39°: (Gérard COHEN-JONATHAN)
Artículo 40°: (Denys SIMON)
Artículo 41°: (Pierre-Michel EISEMAN)
Artículo 42°: (Georges FISCHER)
Artículo 43°: (Marie-Françoise FURET)
Artículo 44°: (Marie-Françoise FURET)
Artículo 45°: (Marie-Françoise FURET)
Artículo 46°: (Jean-Claude MARTINEZ)
Artículo 47°: (Jean-Claude MARTINEZ)
Artículo 48°: (Pierre-Michel EISEMAN)
Artículo 49°: (Pierre-Michel EISEMAN)
Artículo 50°: (Pierre-Michel EISEMAN)
Artículo 51°: (Antonio CASSESE)
Bibliografía del artículo 51
Bibliografía del Capítulo VII

CAPÍTULO VIII ACUERDOS REGIONALES
Artículo 52°: (Edem KODJO)
Artículo 53°: (Edem KODJO)
Artículo 54°: (Edem KODJO)
Bibliografía del Capítulo VIII

CAPÍTULO IX COOPERACIÓN INTERNACIONAL ECONÓMICA Y SOCIAL.
Artículo 55° a y b: (Alain PELLET)
Artículo 55°, c: (Jean-Bernard MARIE et Nicole QUESTIAUX)
Bibliografía del artículo 55c
Artículo 56°: (Lazhar BOUHONY)
Artículo 57°: (Jacques LEMOINE)
Artículo 58°: (Maurice BERTRAND)
Artículo 59°: (Jacques LEMOINE)
Artículo 60°; (Jacques LEMOINE)

CAPÍTULO X EL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
Composición
Artículo 61°: (Denis BAUCHARD)
Funciones y poderes
Artículo 62°, & 1: (Claude RUCZ)
Artículo 62°, & 2: (Dominique ROSENBERG)
Artículo 62°, & 3: (Claude RUCZ)
Artículo 62°, & 4: (Claude RUCZ)
Artículo 63°: (Aleth MANIN)
Artículo 64°: (Aleth MANIN)
Artículo 65°: (Claude RUCZ)
Artículo 66°: (Claude RUCZ)
Votación
Artículo 67°: (Denis BAUCHARD)
Procedimiento
Artículo 68°: (Raymond GOY)
Artículo 69°: (Denis BAUCHARD)
Artículo 70°: (Aleth MANIN)
Artículo 71°: (Marcel MERLE)
Artículo 72°: (Denis BAUCHARD)
Bibliografía de los Capítulos IX y X

CAPÍTULO XI DECLARACIÓN RELATIVA A TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS
Artículo 73°: (Mohammed BEDJAQUI)
Artículo 74°: (Aziz HASBI)

CAPÍTULO XII RÉGIMEN INTERNACIONAL DE ADMINISTRACIÓN FIDUCIARIA
Artículo 75°: (Guillaume PAMBOU TCHIVOUNDA)
Artículo 76°: (Maurice GLELE AHANHANZO)
Artículo 77°: (Mohammed LAMOURI)
Artículo 78°: (Mohammed LAMOURI)
Artículo 79°: (Jean-Robert HENRY)
Artículo 80°: (Jean-Robert HENRY)
Artículo 81°: (Jean-Robert HENRY)
Artículo 82°: (Jean-Claude GAUTRON)
Artículo 83°: (Jean-Claude GAUTRON)
Artículo 84°: (Guillaume PAMBOU TCHIVOUNDA)
Artículo 85°: (Raymond RANJEVA)

CAPÍTULO XIII: EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN FIDUCIARIA
Composición
Artículo 86°: (Raymond RANJEVA)
Funciones y poderes
Artículo 87°: (Jean BAUTE)
Artículo 88°: (Jean BAUTE)
Votación
Artículo 89°: (Raymond RANJEVA)
Procedimiento
Artículo 90°: (Raymond RANJEVA)
Artículo 91°: (Raymond RANJEVA)
Bibliografía de los Capítulos XI, XII y XIII

CAPÍTULO XIV LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
Artículo 92°: (Eduardo JIMÉNEZ DE ARECHAGA)
Artículo 93°: (Geneviève GUYOMAR)
Artículo 94°: (Alain PILLEPICH)
Artículo 95°: (Jean-Pierre QUENEUDEC)
Artículo 96°: (Patrick DAILLIER)
Bibliografía del Capítulo XIV

CAPÍTULO XV LA SECRETARÍA
Artículo 97°: (Mario BETTATI)
Artículo 98°: (Marie-Claude SMOUTS)
Artículo 99°: (Marie-Claude SMOUTS)
Artículo 100°: (David RUZIE)
Artículo 101° (Louis DUBOUIS)
Bibliografía del Capítulo XV

CAPÍTULO XVI DISPOSICIONES DIVERSAS
Artículo 102°: (Jean-Paul JACQUE)
Artículo 103°: (Thiébaut FLORY)
Artículo 104°: (Pierre-Marie Dupuy)
Artículo 105°: (Philippe CAHIER)
Bibliografía del Capítulo XVI

CAPÍTULO XVII ACUERDOS TRANSITORIOS SOBRE SEGURIDAD
Artículo 106°: (Victor-Yves GHEBALI)
Artículo 107°: (Victor-Yves GHEBALI)

CAPÍTULO XVIII REFORMAS
Artículo 108°: (Jacques DEHAUSSY)
Artículo 109°: (Jacques DEHAUSSY)
Bibliografía del Capítulo XVIII

CAPÍTULO XIX RATIFICACIÓN Y FIRMA
Artículo 110°: (Jean-Paul JACQUE)
Artículo 111°: (Jean-Paul JACQUE)
¿Lagunas o coherencias de la Carta?: (Guy de LACHARRIÈRE)
Notas sobre aspectos lingüísticos dela Carta de las Naciones Unidas: (Marie-Josée JASTRAB)
Bibliografía general selectiva: (Paul TAVERNIER)
Índice alfabético de materias
Índice cronológico de las convenciones y resoluciones citadas
Índice de la jurisprudencia
Siglas y observaciones.

"La Carta de las Naciones Unidas es el ensayo de un discurso coherente acerca de las relaciones de la paz en el mundo", comentó el Vicepresidente de la Corte Internacional de Justicia, en el artículo final de este libro. ¿Lagunas o coherencias de la Carta? El juez, al contestar a esta problemática, aprecia la desvalorización de la idea de paz en los siguientes términos: "En un mundo convencido, como en 1945, que cualquier guerra era una calamidad, la preocupación por el mantenimiento de la paz es menos fuerte aún y se admite la legitimidad del empleo de las armas con más facilidad que la Carta lo da a entender. Entonces lo que falla no es la lógica jurídica institucional del sistema establecido por la Carta para preservar la paz, sino su idea característica que la paz merece una adhesión firme. La perfección del dispositivo jurídico o institucional, en beneficio de esta preocupación fundamental, toma valor de obstáculo cuando ésta desaparece o está subordinada por otras".

Sin embargo, el internacionalista reconoce la permanencia de la Carta magna: "Así en el campo institucional, frente a las tendencias para modificar el diseño primitivo, el sistema de la Carta ha demostrado un gran poder de resistencia. Pero, este rasgo es aún más fuerte en el campo de las reglas jurídicas que se aplican a la conducta do los Estados: la Carta no tiene ninguna posición de repliegue con respecto a su compromiso en beneficio de la paz. No ofrece, aún en forma de laguna, ninguna estructura de aceptación del espíritu de guerra. No ignora que éste existe, pero se rehúsa a su legitimación o a una "colaboración". Para los nostálgicos de esos tiempos, durante los cuales la guerra era liberalmente reconocida, la Carta no ofrece ningún acomodo que sea realmente fiel a su doctrina ni tampoco, ninguna posibilidad de transformaciones que permita afirmar, aun en forma modificada, que se mantendría siempre idéntica a sí misma: sólo la Carta no puede ser aplicada, lo que es totalmente distinto. La imposibilidad de encontrar en ella un compromiso con el espíritu de guerra condujo a su apartamiento; no es su defecto, sino su mérito. Y la razón primera para confirmarle nuestra adhesión”. (2)

Por el quincuagésimo aniversario del nacimiento de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (1998), el autor formula votos a fin de que esta conmemoración sea, para los internacionalistas americanos, la ocasión de presentar un comentario actualizado y de fondo sobre el articulado de la Carta magna del continente americano y que, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, al igual que Javier Pérez de Cuéllar en el prefacio de este libro, pueda afirmar: “Celebramos este año el cuadragésimo aniversario de la firma, en San Francisco, de la Carta de las Naciones Unidas. ¿No existía mejor manera de Conmemorar este acontecimiento histórico que de reflexionar de nuevo en el contenido y el alcance del texto que con toda razón ha sido calificado de ley fundamental de la Comunidad internacional".
Presentamos en esta nota bibliográfica los siguientes documentos actualizados sobre la Organización de las Naciones Unidas:

Anexo I: Evolución de la composición de la ONU, 1945-1987.

Anexo II: Cronología de la composición del sistema de las Naciones Unidas.

Anexo III: Número total de Estados miembros en los diversos organismos de las Naciones Unidas.

Anexo IV: Personal de las instituciones del sistema de la ONU (hasta el 31-XII-1986).

Anexo V: Monto total de los presupuestos ordinarios aprobados, incluidos los créditos adicionales.


Ver el artículo y sus anexos en PDF


NOTAS:

(1) "Los Institutos de polemología hacen notar que, desde la Segunda Guerra Mundial, el mundo sólo ha conocido... 26 días de paz. Si se adoptan otros criterios menos rigurosos, como el de un día sin guerra, se obtiene, según otros cálculos, tres días de paz completa por año en el mundo, lo que no es más alentador”. Capítulo l, Propósito y principios; artículo 1°, comentario general. Mohammed Bedjaoui, juez de la Corte Internacional de Justicia, Pág. 29.

(2) "Para apreciar mejor aún la obra de las Naciones Unidas en lo que le refiere a su objetivo de mantener la paz, es necesario recordar que históricamente el mundo, desde la prehistoria hasta nuestros días, ha vivido en un estado de guerra permanente. De los 3.400 años de historia, conocida y analizada por la humanidad, sólo 250 años correspondieron a la paz. Lastimosamente, la guerra es la relación humana la más frecuente”. Idem, nota 1, págs. 29 y 30.

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